Extensiones de condena

Existe un corolario del populismo y la demagogia que de forma inevitable termina por materializarse en lo que, de forma general, podrí­amos denominar “extensiones de condena”. En tiempos como los que vivimos, tan dados al uno como a la otra,  las extensiones de condena que se proponen y hasta las que se aplican van creciendo de tal forma que de aquí­ a no mucho tendremos que hacer con las condenas un clasificación similar a la que ya de tiempo atrás venimos haciendo con la formación. Tendrí­amos entonces que hablar de condenas regladas y no regladas.

Condenas regladas, lo mismo que educación reglada, serí­an aquellas que derivan directamente del codigo penal en vigor cuando se produjo la condena. Como si de una carrera se tratase tienen su duración determinada y sus contenidos definidos. Su itinerario curricularmente condenativo está fijado y las materias a abordar en la condena también. Terminados los cursos definidos, o incluso antes, si el condenado se aplica con interés y aprovechamiento, se obtiene finalmente la titulación oficial… la libertad y la plenitud de derechos.

Las extensiones de condena funcionan, al igual que en la educación, a veces de forma semireglada, al modo de masters o postgrados que el propio sistema incluye en su itinerario aún no siendo estrictamente necesarios, y que aquí­ se denominan doctrina jurí­dica, interpretación, espí­ritu, y más popularmente con el nombre del magistrado al que se le ocurre o del recluso al que se le aplica.

Las condenas no regladas son las extensiones de condena que algunos aplican al viento insano de la más pura demagogia y que se alimentan de los más bajos sentimientos de insolidaridad con que se cubren las penurias que alimentan quienes luego justifican sus incapacidades con las fobias que fomentan. Podrí­a poner varios ejemplos que a mis más vecinos lectores les sonarán conocidos y que, me temo, a los más lejanos también, porque de una u otra forma son más universales de lo que quisiéramos.

Un indiví­duo es detenido por un acto terrorista, juzgado y condenado pero cuando cumple su condena no alcanza el grado ni saca el tí­tulo. Cuando no se le hace hacer varios masters, se le impide, y ahí­ viene la extensión de la condena no reglada, ejercitar su vida polí­tica, laboral y hasta literaria. Se le prohibe ganar un premio literario aunque lo merezca, se le condena por escribir un artí­culo, o, incluso sin haber sido nunca detenido ni juzgado ni condenado, se le impide ser payaso, cantante o lo que sea.

Pongamos otro ejemplo más cercano aún. Uno tiene un desliz común, vamos que lo mismo roba un movil que atraca una panaderí­a o roba un jamón, o simplemente se le olvida lo que decí­a steve wonder y conduce bebido hasta las cachas, y encima, dada su inexperiencia acaba con sus huesos en comisarí­a. Vamos, que el caso es que le trincan, pasa por el juzgado, eventualmente hasta por el trullo y genera una mancha en su curriculum vitae de esas que llaman antecedentes. Pues ala, con su pena cumplida y de patitas en la calle, el chaval que se me queda sin derecho a ayudas sociales. Eso quiere hacer alguno. Y todos los palmeros aplaudiendo. Eso que conseguimos que dejase de ser condena reglada no hace tantos años lleva, por la ví­a de la extensión de condena no reglada, camino de volver a serlo. Igual le cambian el nombre, pero en todo recuerda a aquello que dió en llamarse la ley de vagos y maleantes.

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